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Es esencial que el seguro de accidentes colectivos de convenio que se contrate, lo sea bajo esta modalidad. Hay casos en que por ignorancia se hacen seguros de accidentes "normales", para lo cual le pedirán el nombre de los trabajadores, edad, sexo, e incluso actividad concreta desarrollada.

Eso no es un verdadero seguro de accidentes de convenio. En los que están bien hechos, solo le deben preguntar el número de trabajadores, porque son seguros innominados, no se asegura a Pepe, Juan o María, sino a los que figuren en el TC2 de la empresa en el momento en que se produce el siniestro. Puede ser que al contratar la póliza hubiese 5 trabajadores, a los dos meses, haya 7, 6 meses después hay 4. No hay que estar comunicando las altas ni las bajas, al final del año de la póliza se informa de los que ha habido mes a mes, se hace la media, si sale más de los inicialmente declarados, se paga por la diferencia y en caso contrario se devuelve la parte proporcional.

Pero lo verdaderamente importante de hacer bien el seguro de accidentes colectivos de convenio, radica en que si el convenio, fruto de la negociación colectiva cambia y se aumentan los capitales, la póliza los aumenta de oficio, cobrando un pequeño suplemento, pero no dejando desprotegido al empresario que puede no estar al tanto de todos los cambios que haya en su zona.

Otro aspecto importante a tener en cuenta es que el seguro cubre a TODOS los trabajadores de la empresa, incluidos a los administrativos que solo están en oficinas, pues el convenio es igual para todos, no solo los que están en obra. Debe indicarse por tanto a todos los que figuren en TC2, aunque Ud. solo tenga una secretaria y un encargado de obra.

Por el contrario, si Ud. es autónomo con o sin trabajadores, no debe incluirse, pues el seguro solo cubre a los trabajadores, los autónomos deberán buscar cobertura mediante otras fórmulas aseguradoras tipo seguros de Incapacidad Laboral Transitoria o similares.

Por último si desarrolla trabajos en distintas provincias, deberá tener seguros distintos adaptados a las obligaciones establecidas en cada convenio.

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©2010 Alfarisk. Alfa-Risk SL Correduría de Seguros, Registro Mercantil de Madrid, Tomo 16.830, Libro 0, Folio 91, Sección 8ª, Hoja M287614, Inscripción 1ª. Nº registro D.G.S. J-2213 domiciliada en la Avenida de América 8, 28028 Madrid, con CIF B-82973744. Contratado seguro responsabilidad civil conforme a ley. Cumple con las obligaciones de la LOPD y del servicio de defensa del asegurado.
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